miércoles, 27 de enero de 2010

Han absuelto a Alfonso

El pasado 29 de diciembre, el presidente de la S.E.C.A., Alfonso de la Figuera Aranda, fue absuelto del presunto delito de tráfico de sustancias que no causan grave daño a la salud por la jueza del Juzgado de lo Penal nº 3 de Zaragoza, María del Milagro Rubio Gil. El abogado de la defensa, Eduardo Cremades Vegas, había solicitado la nulidad del caso por errores en la instrucción, mientras que la fiscalía inicialmente había pedido 3 años y medio de cárcel y 17.000 € de multa para el acusado, más 10.000 € de multa y 3 años de cierre del local de la Sociedad de Estudios del Cáñamo de Aragón, por un delito contra la salud pública con los agravantes de asociación ilícita y local abierto al público. En su alocución final, la acusación retiró este último agravante, mientras que la defensa aludió también a las atenuantes de colaboración con la policía y drogadicción.

Transcurrido el plazo para recurso, la sentencia absolutoria resulta firme. En ella, se alude a la jurisprudencia del consumo compartido aprobada en el Tribunal Supremo y en la que se basa el estudio Soto-Muñoz del Instituto de Criminología Andaluz, con sede en la Facultad de Derecho de la Universidad de Málaga y dirigido por el catedrático cincovillés José Luis Díez-Ripollés, publicado en la Revista de Criminología nº 7 de la UNED, de junio de 2001, en el que se indicaban las bases por las que la SECA ha pretendido abrir un hueco para una legislación europea común, respetuosa con la bioética (uno de cuyos principios afirma que no se puede a tratar a un ciudadano en contra de su voluntad, como, por ejemplo, impidiéndole el acceso a determinadas plantas), con la salud pública (esmerándose en impedir el acceso de las sustancias a terceros menores de edad o no consumidores habituales), con la libertad de conciencia (permitiendo a aquellas personas que, conscientes del posible uso terapéutico para ellos de sustancias proscritas de la medicina tradicional en el último siglo, pretenden, al menos, probarlas, ante el cúmulo de efectos secundarios de la medicina “oficial”), y en concordancia con los informes Buittenweg y Catania del Parlamento Europeo (años 2001 y 2004), que abogan por la apertura de locales de consumo seguro de drogas. De hecho, incluso el informe Reuters de Naciones Unidas, del año 2008, y recientes declaraciones de Eusebio Megías, de la Fundación de Ayuda contra la Drogadicción, reconocen que año tras año la Guerra contra las Drogas gasta más dinero en prevención, publicidad y rehabilitación para que, sin embargo, cada año se incrementen el tráfico y consumo de drogas y la corrupción y el peso de las mafias en los aparatos estatales, como demuestran últimas denuncias de altos dirigentes e intelectuales hispanoamericanos (Mario Vargas Llosa, Ernesto Zedillo, Mario Cardozo, César Gaviria…).

La sentencia pone como condiciones para el consumo compartido entre socios de una asociación los siguientes:

A) En primer lugar, los destinatarios del consumo han de ser ya todos ellos adictos o al menos consumidores frecuentes para excluir la reprochable finalidad de divulgación y ampliación del consumo de esas sustancias nocivas para la salud a personas hasta ese momento ajenas al mismo.

B) El consumo debe producirse en un local cerrado o, en todo caso, oculto a la contemplación de terceros ajenos, para evitar con ese ejemplo de nuevo la difusión del consumo de esas sustancias.

C) La cantidad suministrada ha de ser insignificante, adecuada al consumo de una sola sesión o encuentro.

D) La comunidad de partícipes ha de estar integrada por un número reducido que permita considerar que estamos ante un acto íntimo sin trascendencia pública.

E) Las personas de los consumidores han de estar concretamente identificadas, o ser identificables.

En consecuencia, se absuelve al acusado, se dictan las costas de oficio, y se ordena la devolución de todo lo incautado, salvo las sustancias prohibidas, que habrán de ser destruidas. En la operación, se incautaron en torno a 2 kilos de marihuana y 600 gramos de hachís, además de múltiples utensilios para su consumo y distribución y una cantidad no significativa de dinero (algo más de 2.000 €).

El local de la SECA fue alquilado en julio de 2005, después de que una iniciativa de Chunta Aragonesista para la distribución de marihuana en los centros sanitarios públicos aragoneses a enfermos para los que su uso pudiera resultar útil, basada en una propuesta de la asociación en cuestión, fuera derrotada en las Cortes Aragonesas con la oposición de todos los otros grupos, incluido Izquierda Unida, para esperar al resultado del programa piloto que ya existía en Cataluña y que debía concluir en el plazo de 6 meses y que, según afirmaron los representantes socialistas, posteriormente extendería el uso del cannabis al resto de la red sanitaria nacional. Han pasado más de tres años de ello, y los enfermos necesitados de cannabis del resto del Estado siguen viéndose obligados a recurrir a las asociaciones cannábicas para poder aliviar sus dolencias.

Desde su fundación en 1997, la SECA ha organizado numerosas charlas, debates y conferencias, editado docenas de boletines y hojas informativas gratuitas, organizado fiestas reivindicativas, concentraciones y manifestaciones, asesorado a cientos de víctimas de la Ley de Seguridad Ciudadana (más conocida como Ley Corcuera) y enfermos, e incluso compareció en diciembre del 2005 ante la Comisión de Peticiones y Derechos Humanos de las Cortes de Aragón para reclamar la legalización del cannabis. Actualmente cuenta con más de un millar de socios de número.

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